Según informa el sitio de la Agencia de Noticias del Poder Judicial de la Nacion, el 25 de noviembre de 2010, los doctores Barreiro y Muller, decretaron el revocamiento del sobreseimiento, o sea, procesaron en segunda instancia a P.M.S., por el hecho de vivir con su esposa e hijo, consideraron que no conforma la esfera privada del individuo.
Nota y fallo: http://www.cij.gov.ar/nota-5654-Confirman-el-procesamiento-de-una-persona-por-cultivar-una-planta-de-marihuana-en-su-casa.html
Tambien a una abuela le paso lo mismo:
En este caso la abuela fue sobreseída por el Juzgado Federal de Neuquén, pero una apelación del Fiscal, que la Cámara hizo lugar, fue la detonante de que el excelentísimo inquisidor Ricardo Guido Barreiro ordenara el 27 de noviembre de 2009, puesto que considera, junto a sus colegas, el Dr. Carlos Muller y el Dr. Mario Armando Márquez, que la planta de cannabis sativa L. no es un estupefaciente, por lo tanto no rigen los preceptos doctrinarios de los casos "Azari Meza" o "Arriola", pues la imputada dio trascendencia a terceros de su conducta, debido a que en su domicilio tambien vivian tres hijos y un nieto.
Nota y Fallo:
http://www.cij.gov.ar/nota-3337-Revocan-sobreseimiento-de-una--abuela--por-cultivar-dos-plantas-de-marihuana-en-su-casa.html
Por lo que antecede, en Roca no se jode, si te liberan en Neuquén, te procesan en ROCA, guarda con Barreiro que te baja la barrera !
Así estamos, cada maestro con su librito. La inseguridad jurídica en Argentina, es LEY.
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